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jueves, 21 de julio de 2011

FCC vs. Comcast

En EEUU es donde el debate de la Net Neutrality se ha vivido mas intensamente. Allí, a diferencia de lo que sucede en la mayor parte de Europa, no ha habido un monopolio en el sector de las Telecomunicaciones y existen varios ISP que lo hacen sobre línea telefónica y cable aproximadamente en la misma proporción, entre ellos Comcast. 

La FCC (Federal Communication Comission) es la entidad reguladora de las comunicaciones eléctronicas en los EEUU y elaboró la ‘Internet Policy Statement’, que se publicó el 5 de Agosto de 2005 y que recoge cuatro derechos fundamentales que pretendian “preservar y promover el carácter dinámico y abierto de Internet, así como el mercado de las Telecomunicaciones; fomentar la creación, adopción y utilización de contenidos de Internet y asegurar que sus consumidores se beneficien de la innovación creada por la competencia.” 

Los cuatro principios adoptados fueron:

  • Los consumidores tienen derecho a poder acceder a los contenidos legales de Internet de su elección.
  • Los consumidores tienen derecho a ejecutar aplicaciones y servicios que deseen, dentro de los límites de seguridad que imponga su Estado.
  • Los consumidores tienen derecho a conectar los dispositivos legales que deseen, siempre que no dañen la red.
  • Los consumidores tienen derecho a elegir en competencia entre proveedores de red, proveedores de aplicaciones y servicios, y proveedores de contenido.

Comcast ofrece Internet (además de otros servicios cómo telefonía digital o TV)  en gran parte de los EEUU mediante cable. En 2007 grupos de consumidores denunciaron ante la FCC que Comcast estaba haciendo uso de técnicas de Gestión de Tráfico para interrumpir y degradar el tráfico P2P  en su red (en especial el tráfico de la aplicación BitTorrent). Lo llevaban a cabo mediante equipos fabricados por Sandvine, y la técnica que utilizaba consistía en enviar paquetes TCP RST haciendo creer a los extremos de la comunicación que el software en el otro lado no quería seguir la transferencia.

Aunque en principio la compañía negó rotundamente alguna relación con estos sucesos finalmente lo afirmaron y en Marzo de 2008 Comcast y BitTorrent acordaron trabajar juntos para gestionar de forma efectiva el tráfico en momentos de pico. No obstante, en Agosto de 2008, la FCC consideró que Comcast había cometido un delito por prácticas consideradas discriminatorias y contrarias a los principios de la ‘Internet Policy Statement’ y tomó medidas contra Comcast por impedir a sus consumidores acceder al contenido deseado. 


Finalmente, en 2010, la Corte de Apelaciones del Distrito de Columbia dictaminó que la FCC no tiene autoridad suficiente para obligar a los ISP’s a mantener sus redes abiertas a cualquier contenido. Este hecho, frenó considerablemente el progreso de los principios del Net Neutrality en los EEUU ya que a efectos prácticos se confirmó lo que muchos ya sabían, la FCC no disponía del refuerzo legal para hacer cumplir sus principios.

Bajo esta situación de falta de respaldo legal para hacer cumplir sus decisiones, la FCC adoptó el 21 de Diciembre de 2010 unas nuevas reglas.
  • Transparencia: Los proveedores de redes tanto fijas como móviles deben divulgar las prácticas de gestión, las características de funcionamiento y los términos y condiciones de sus servicios de acceso de banda ancha.
  • No bloqueo: Los proveedores de red fija no pueden bloquear ningún contenido legal, ni aplicaciones o servicios que no sean nocivos. Los proveedores móviles no pueden bloquear sitios web legítimos ni aplicaciones que compitan con sus servicios de voz o video.
  • No discriminación: Los proveedores de redes fijas no pueden discriminar de forma no razonable la transmisión de contenidos legales.
La FCC tiene esencialmente dos opciones básicas para avanzar en la Neutralidad de Red: se puede esperar a que el Congreso redacte un Proyecto de Ley a favor de la Neutralidad de la Red o se puede decidir la reclasificación de los servicios de banda ancha como de Telecomunicaciones, en lugar de como servicios de información, para tener autoridad regulatoria sobre ellos. 

Chile se estrena en Net Neutrality

Como se ha ido viendo en el blog, la Neutralidad de Red es un tema que esta candente y del que muchos sectores están atentos. Uno de estos sectores son los propios Estados o entidades reguladoras, que generalmente se encargan de velar por un mercado competitivo y sin monopolios. En algunos países la situación ha llegado a tal punto que se ha tenido que intervenir por tal de preservar ciertas garantías para los usuarios. Este es el caso de Chile.

En Chile el 13 de Julio de 2010 se aprobó de forma unánime la modificación de su Ley de Telecomunicaciones, y el pasado 18 de Julio de 2011 se hizo oficial. Esto supone que es el primer país que ha modificado su legislación para regular y salvaguardar los derechos de los usuarios y las prácticas de los ISPs. Veamos que es lo que dice dicha legislación y dónde pone los limites.

Los operadores e ISPs:
  • No podrán arbitrariamente bloquear, interferir, discriminar, entorpecer ni restringir el derecho de cualquier usuario de Internet para utilizar, enviar, recibir u ofrecer cualquier contenido, aplicación o servicio legal a través de Internet, así como cualquier otro tipo de actividad o uso legal realizado a través de la red. En este sentido, deberán ofrecer a cada usuario un servicio de acceso a Internet o de conectividad al proveedor de acceso a Internet, según corresponda, que no distinga arbitrariamente contenidos, aplicaciones o servicios, basados en la fuente de origen o propiedad de éstos, habida cuenta de las distintas configuraciones de la conexión a Internet según el contrato vigente con los usuarios.
  • No podrán limitar el derecho de un usuario a incorporar o utilizar cualquier clase de instrumentos, dispositivos o aparatos en la red, siempre que sean legales y que los mismos no dañen o perjudiquen la red o la calidad del servicio.
  • Deberán ofrecer, a expensas de los usuarios que lo soliciten, servicios de controles parentales para contenidos que atenten contra la ley, la moral o las buenas costumbres, siempre y cuando el usuario reciba información por adelantado y de manera clara y precisa respecto del alcance de tales servicios.
  • Deberán publicar en su sitio web, toda la información relativa a las características del acceso a Internet ofrecido, su velocidad, calidad del enlace, diferenciando entre las conexiones nacionales e internacionales, así como la naturaleza y garantías del servicio.
  • Un reglamento establecerá las condiciones mínimas que deberán cumplir los prestadores de servicio de acceso a Internet en cuanto a la obligatoriedad de mantener publicada y actualizada en su sitio web información relativa al nivel del servicio contratado, que incorpore criterios de direccionamiento, velocidades de acceso disponibles, nivel de agregación o sobreventa del enlace, disponibilidad del enlace en tiempo, y tiempos de reposición de servicio, uso de herramientas de administración o gestión de tráfico, así como también aquellos elementos propios del tipo de servicio ofrecido y que correspondan a estándares de calidad internacionales de aplicación general.

En relación a la Gestión de Tráfico los ISP’s podrán “tomar las medidas o acciones necesarias para la gestión de tráfico y administración de red, en el exclusivo ámbito de la actividad que les ha sido autorizada, siempre que ello no tenga por objeto realizar acciones que afecten o puedan afectar la libre competencia” además de procurar “preservar la privacidad de los usuarios, la protección contra virus y la seguridad de la red".

Las infracciones a las obligaciones legales o reglamentarias asociadas a la implementación, operación y funcionamiento de la Neutralidad de Red que impidan, dificulten o de cualquier forma amenacen su desarrollo o el legítimo ejercicio de los derechos que de ella derivan, serán sancionables.


Como se puede observar se trata de una serie de medidas que garantizan la equidad y neutralidad en el trato del tráfico, dando posibilidad de Gestión de Tráfico siempre que no afecte a la competencia ni se discriminatoria.

El hecho de ser el primero en aplicar esta medida hace que también sea un conejillo de indias, lo cual puede dar ejemplo al resto de entidades reguladoras en todo el mundo. Esto puede ayudar a que se sienten las bases del grado de intervención que se debe tomar en cuanto a legislar la Neutralidad de Red, que no es de fácil determinación. El asunto más importante de todo esto es el de si se debe considerar Internet como un derecho o cómo un servicio, ya que en base a esta consideración las reglas de juego se pueden llevar a un lado u otro.

Mientras tanto, en EEUU y Europa se está esperando a ver cómo evoluciona el tema. En EEUU por falta de respaldo legislativo la FCC (Federal Communication Comision) no tiene atribuciones suficientes para hacer cumplir ninguna directiva (ver "FCC vs. Comcast") y en Europa se está esperando a que hayan motivos para intervenir, si es que los hay. De momento tan sólo Holanda ha movido ficha, al aprobar recientemente (22 de Junio de 2011) su Ley de Net Neutrality (ver "Holanda, pionera en Europa").

Veremos cómo evoluciona la aplicación y el cumplimiento de esta Ley, pero lo que parece estar claro es que la cosa tan solo acaba de empezar y que a la que se dan problemas de abuso o situaciones contrarias a la Neutralidad de Red la situación se va a acelerar, como ha pasado en Holanda.

viernes, 15 de julio de 2011

El modelo económico de Internet

Hemos visto más o menos como funciona "El mercado a dos bandas en Internet", ahora veremos como se mueve el capital. Existen numerosas empresas que viven directa e indirectamente de Internet. Lo primero que seguramente nos viene a la cabeza al preguntarnos quién saca tajada de este mundo son las compañías que nos dan el acceso (Telefónica, ONO, Vodafone, etc.). Si que es cierto que estas empresas son las que ingresan directamente una cuota del usuario, pero eso es sólo el comienzo.

Para empezar, y tal y como hablo en mi post "Qué es Internet?", existen ISPs que operan por encima del nivel de acceso y que no lo hacen por amor al arte. Estamos hablando de los que distribuyen e intercambian el tráfico a nivel nacional e internacional, conocidos como Tier-1 (AT&T, Level3, Global Crossing, etc.), y los que están algo por debajo, en el Tier-2 (Telefónica, Comcast, British Telecom, Telia Sonera, etc.). Estos viven de transportar el tráfico y como empresas que son lo harán bajo remuneración. A este intercanvio se le conoce como tránsito. 

Pues bien, los Tier-1 prácticamente sólo obtienen ingresos por tránsito, que le viene demandado por un ISP de nivel inferior. Entre sí, los ISP del Tier-1 se asocian generalmente mediante acuerdos de peering, que a diferencia del tránsito se presta sin remuneración. Los ISP de Tier-2 también obtienen ingresos por tránsito del nivel inferior y en algunos casos también ofrece servicios de acceso de forma directa. Los del Tier-3 con toda probabilidad solo contratan tránsito a uno o varios del nivel superior, y generalmente tiene pocos o ningún acuerdo de peering. Este modelo se corresponde bastante con el Internet inicial, el de hace unos 8-10 años, pero ahora la cosa es algo más complicada.

La inclusión de agentes como Google, que genera cerca de un 7% del tráfico mundial (incluidos todos sus servicios como Youtube, Gmail, etc.), y que implementó su red propia que se conecta casi al 70% de los ISPs mediante peering (pobre del que no quiera ofrecer los servicios de Google) están cambiando este modelo. También existen los CDNs (Content Delivery Network) que se encargan de alojar las páginas de sus clientes en varios servidores mediante una red propia, haciendo que el usuario final pueda llegar a acceder un sitio sin que su tráfico tenga que pasar por un Tier-1. Lo relevante de esta situación, es que los ingresos por tránsito se han visto reducidos en gran medida, lo cual debilita también la inversión el la red. Esto nos lleva a la conclusión de que básicamente los que pagan por la infraestructura de Internet somos en gran medida los usuarios finales al contratar el acceso.

Por contra, los ingresos de los proveedores de servicios y contenidos han crecido considerablemente, debido generalmente a publicidad. Los ingresos de Google, por ejemplo, se deben en alrededor de un 90% a su plataforma publicitaria. También se han incrementado los servicios de venta online, VoD (Video on Demand), así cómo infinidad de aplicaciones que aportan mucho valor a sectores tradicionales que se han adaptado a Internet. Esto ha generando y sigue generando una economía muy sólida en base a Internet. Lo que no hay que olvidar es que dichos ingresos también han contribuido a la implementación de la red de Google, por seguir el ejemplo, y que de algún modo esa red también forma parte de Internet.


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Hay un hecho que parece estar claro, y es que el aumento de consumo de ancho de banda crece mucho más rápido que la capacidad de la red para dar cabida a todo este contenido. A esto hay que añadir también la gran penetración que están teniendo los smartphones que se suman a la contribución de demanda de ancho de banda. Todos estos factores finalmente llevan a la situación en las que se encuentra el debate de la Net Neutrality, y que a grandes rasgos fue causado por determinar quién tienen que invertir en la red: ¿los operadores e ISPs, los usuarios o los proveedores de servicio?

El tema continúa en mi siguiente post: "La Neutralidad de Red".